El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este jueves el acuerdo sobre las restricciones para hacer frente al coronavirus al que llegó el Consejo Interterritorial, integrado por el Ministerio de Sanidad y los consejeros autonómicos del ramo.
El Gobierno publica esta resolución para darle publicidad a las medidas, que son de “obligado cumplimiento” para todos los territorios. En el documento se les da 48 horas para que las pongan en marcha desde que se produzcan la notificación o se “tenga conocimiento” de que concurren las condiciones señaladas a continuación.
Los territorios deberán aplicar las limitaciones en los municipios de más de 100.000 habitantes que cumplan los siguientes requisitos: tener una incidencia de más de 500 casos en los últimos 14 días, presentar un índice de positividad de resultados en pruebas diagnósticas superior al 10%, y que sus UCI registran una ocupación superior al 35% de pacientes COVID-19 respecto a su dotación habitual.
Según anunció Salvador Illa, en estos momentos, hay 10 municipios que viven una situación así, y todos están en la Comunidad de Madrid: la propia capital, Móstoles, Alcalá de Henares, Fuenlabrada, Leganés, Getafe, Alcorcón, Torrejón de Ardoz, Parla y Alcobendas.
El acuerdo se adoptó con mayoría de votos a favor, aunque no de forma unánime. La Comunidad de Madrid, Cataluña, Galicia, Andalucía y Ceuta se pronunciaron en contra, mientras que la Región de Murcia se abstuvo.
En los municipios señalados se “restringirá la entrada y salida de personas” salvo en casos excepcionales. Todos estos: ir a un centro sanitario, a trabajar o a un centro educativo; volver a la residencia habitual, desplazarse para cuidar a dependendientes, mayores, menores y personas con discapacidad; ir a entidades financieras (si no puede aplazarse); trasladarse para cumplir con las actuaciones requeridas por órganos públicos o judiciales, la renovación de permisos y documentación oficiales o la realización de exámenes; y cualquier otra causa de fuerza mayor o necesidad.
Aunque se incluye una “recomendación explícita” de evitar todo movimiento innecesario, se permite la circulación de los residentes dentro del mismo municipio. A su vez, se limitan a seis el número de personas que pueden reunirse tanto en espacios públicos como privados, salvo si son convivientes o se trata de un encuentro de trabajo o institucional.
El acuerdo también contempla una reducción de los aforos en los lugares de culto (30%) o de los horarios de la hostelería (hasta las 23:00h), entre otros.
En paralelo, las comunidades que tengan que aplicar estas medidas deberán reforzar sus capacidades para la detección precoz de los casos y la atención sanitaria.
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